¿Ha prohibido la Unión Europea las monedas virtuales en los videojuegos? Spoiler: no. Pero...
- Natxo Armenter Usarraga
- 31 mar
- 4 Min. de lectura
Hace un par de dĆas, un muy buen amigo me hizo llegar una noticia cuyo titular me hizo saltar los ojos de las órbitas:
"Europa prohĆbe las monedas virtuales en los videojuegos. La Unión Europea acaba de cambiar la industria del videojuego: se prohĆbe el uso de monedas virtuales y se exige transparencia con el precio de los cosmĆ©ticos."
Obviamente, no dudĆ© en vender mis cookies (conscientemente, algo es algo) para ver exactamente quĆ© habĆa pasado.
SegĆŗn la noticia de SomosXboxĀ (que os comparto al final), "la Unión Europea acaba de realizar un anuncio que cambiarĆ” la industria del videojuego tal y como la conocemos, especialmente en lo que se refiere a transparencia. Se acaba de confirmar que estas prĆ”cticas de las monedas dejarĆ”n de poder aplicarse."Ā Incluso habla de una supuesta nueva regulación que "prohĆbe el uso de monedas virtuales para ocultar el valor real de los productos en juegos y obliga a que los precios se muestren en dinero real."
La noticia, ademƔs, comparte una serie de principios que consideran clave para proteger a los jugadores, como:
Transparencia en los precios: los usuarios deben conocer el valor real de los productos.
Evitar prƔcticas que oculten el coste de contenidos y servicios digitales, como el uso de monedas virtuales tipo PaVos de Fortnite o EA Points de EA Sports FC.
Hasta aquĆ, todo suena muy bien. Y de hecho, estoy muy a favorĀ de lo que supuestamente propone la Unión Europea. Peeero⦠como siempre digo, lo primero que hay que hacer es contrastar la informaciónĀ con fuentes oficiales. No vaya a ser que acabemos liĆ”ndola comentando una noticia que no es del todo cierta.
Asà que me fui directamente a la publicación oficial de la Comisión Europea (también enlazada mÔs abajo) y⦠¿sorpresa? Bueno, ya no tanto. Resulta que la noticia no era del todo precisa.
Para empezar, la Comisión Europea menciona acciones legales por parte de la propia comisión, la CPC y la Asociación de Consumidores de Suecia contra una empresa concreta: Star Stable Entertainment AB, propietaria del juego Star Stable Online. Según la Comisión, este juego infringe la legislación de protección al consumidor con prÔcticas como:
Uso de tĆ©cnicas de presión (por ejemplo, compras con lĆmite de tiempo).
Publicidad con llamamientos directos a menores.
La Comisión ha solicitado información a la empresa, que ahora tiene un mes para responder.
MÔs adelante, el comunicado sà menciona los principios clave que se citaban en la noticia de SomosXbox (transparencia, evitar monedas que oculten precios, etc.) y subraya la necesidad de seguir trabajando en un marco legal mÔs claro. ¿Cómo se llama ese marco? El Digital Fairness Act, un conjunto de regulaciones sobre entornos digitales que espera su presentación para mediados de 2026 (ojo: presentación, no entrada en vigor).
En resumen: la publicación oficialĀ no menciona en ningĆŗn momento que haya una nueva regulaciónĀ activa ni una prohibición. Como bien seƱalan otros medios como Xataka, esto no implica una obligación para ninguna compaƱĆa, ni mucho menos la prohibición del uso de monedas virtuales.
Lo que sà queda claro es que la Unión Europea ha mostrado con claridad cuÔl es su postura y hacia dónde quiere ir.
Entonces⦠¿en qué punto estamos?
Por ahora, solo sabemos que la Comisión ha puesto el foco sobre este tema, que ha abierto investigación sobre una compaƱĆa concreta, y que recomienda a otras con prĆ”cticas similares que se adhieran voluntariamente a los principios propuestos.NO HAY REGULACIĆN NI PROHIBICIĆN ACTIVA.
Parte de la prensa sigue a lo suyo. Importa mƔs el click que la verdad contrastada. Gracias a quienes hacƩis el esfuerzo de aclarar las cosas y ayudar al lector a entender mejor. El tiempo, como siempre, pone a cada uno en su lugar.
ĀæY si la noticia fuera cierta en el futuro?Ā Si el Digital Fairness ActĀ se aprobara tal cual, ĀæserĆa positivo para la industria del gaming en Europa? ĀæQuĆ© implicaciones tendrĆa que la UE adoptara este tipo de medidas mientras otros bloques como AmĆ©rica, Asia o Reino Unido siguen sin regularlo?
ĀæSeguirĆ”n las grandes compaƱĆas invirtiendo en servidores europeos si las condiciones se endurecen?
¿Seguiremos siendo un mercado atractivo para las próximas generaciones de jugadores?
ĀæCómo afectarĆa esto a una industria que, hoy en dĆa, se financia en gran parte a travĆ©s de estos modelos?
Son preguntas que, sinceramente, me generan muchas dudas. Tengo la sensación de que a veces tomamos decisiones importantes sin pensar del todo en las consecuencias, especialmente en el plano económico y de desarrollo a largo plazo.
Como industria (y como sociedad), llevamos aƱos hipotecando el valor cultural y creativo de los videojuegosĀ a cambio de modelos de monetización agresivos que buscan rentabilidad inmediata. El resultado es una dependencia enorme de las microtransacciones, las monedas virtuales y otros sistemas que, aunque eficaces para sostener los ingresos, han diluido la percepción del videojuego como un producto con valor intrĆnseco.
Si prohibimos estos modelos de golpe, sin una alternativa clara y sin entender el ecosistema en el que se sostienen, podrĆamos terminar daƱando tanto a los estudios como a los jugadores. Las grandes compaƱĆas pueden adaptarse (o incluso migrar sus operaciones fuera de Europa), pero los pequeƱos estudios, que muchas veces ya estĆ”n al lĆmite, no tienen ese margen. Y los usuarios, acostumbrados a cierto tipo de acceso y contenido, tambiĆ©n pueden verse perjudicados si no se construye una transición justa y bien pensada.
Coincido en que hay que cambiar muchas cosas. El modelo actual necesita una transformación profunda, sĆ. Pero hacerlo a golpe de ley, sin una mirada estratĆ©gica ni soluciones equilibradas, no parece el camino mĆ”s sostenible.
Ni prohibir ni dejar hacer. Lo complejo merece soluciones complejas.
La industria del videojuego necesita regulación, sĆ, pero tambiĆ©n entendimiento, escucha y voluntad de construir algo que funcione para todos: estudios, jugadores y sociedad.
Publicación Comisión Europea: https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/en/ip_25_831
Documento de "Principios a seguir": https://commission.europa.eu/document/8af13e88-6540-436c-b137-9853e7fe866a_en






